Negocios · 31 de julio de 2026 · 6 min de lectura

SA, SAS o SRL en Uruguay: cuál elegir para operar

La SAS volvió casi obsoleta a la SRL desde 2019, pero no sustituye a la SA en todos los casos. La matriz de decisión por objetivo, no por lista.

Quien investiga cómo abrir una empresa en Uruguay se topa rápidamente con tres siglas — SA, SAS, SRL — y con contenido que rara vez explica por qué alguien elegiría una en lugar de otra. El resultado es gente que abre la estructura equivocada para su propio objetivo, y solo percibe el costo del error cuando necesita reformar el estatuto o convertir el tipo societario meses después.

Esta guía es la matriz de decisión que faltaba — por objetivo, no por lista de características.

Qué cambió en 2019: la SAS no es “una opción más”, es el nuevo estándar

La Ley Nº 19.820/2019 (“Ley de Fomento al Emprendedurismo”) creó la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), reglamentada por el Decreto Nº 399/019. En la práctica, absorbió la mayor parte de los casos de uso que antes recaían sobre la SRL — al punto de que estudios uruguayos afirman que, hoy, optar por la SA “no tiene sentido práctico ni económico”, salvo cuando la actividad legalmente exige ese tipo específico.

Comparativo directo

CaracterísticaSA (Sociedad Anónima)SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada)SAS (Sociedad por Acciones Simplificada)
Socios mínimos22 (máximo 50)1 (puede ser unipersonal)
Objeto socialDebe ser específico en el estatutoDebe ser específico en el estatutoPuede ser indeterminado — “cualquier actividad lícita”
Forma de constituciónEscritura pública, más formalEscritura públicaPuede ser por instrumento privado, incluso digital, con estatuto modelo
Plazo típico de constituciónSemanasSemanasDías (pocos días hábiles, usando el modelo estándar)
Capital mínimoExigido por leySin mínimo/máximo legalSin capital mínimo exigido
Control de la Auditoría Interna de la Nación (AIN)Más intensoModeradoReducido — solo sujetas a auditoría por encima de una facturación elevada definida en la ley
Actividades vedadasIntermediación financiera y seguros (exigen tipo societario específico)
Socio extranjero no residentePermitidoPermitidoPermitido — pero necesita cuenta bancaria personal en Uruguay para integrar capital y recibir dividendos

Matriz de decisión por objetivo

Quiere facturar como prestador de servicios o pequeño comercio, solo o con pocos socios. La SAS es, hoy, la respuesta estándar: constitución rápida, objeto social amplio (sin necesidad de prever cada actividad futura en el estatuto), costo reducido y posibilidad de ser unipersonal.

Está montando una holding familiar para detentar participaciones e inmuebles. La SAS también sirve bien — su objeto social amplio cubre naturalmente la función de holding, y la agilidad de constitución facilita reorganizaciones societarias futuras (fusión, escisión, entrada de nuevos socios o herederos).

Su actividad es intermediación financiera o seguros. Ni SAS ni SRL estándar sirven — la ley uruguaya reserva un tipo societario específico y regulación propia para esas actividades, con órgano regulador dedicado (Banco Central del Uruguay).

Necesita una estructura con historial institucional más largo, para negociar con bancos o contrapartes que todavía asocian “SA” a mayor solidez percibida. Es el caso remanente en que la SA todavía tiene sentido — sobre todo en operaciones de mayor porte, con necesidad de atraer inversores institucionales habituados al formato tradicional, o cuando la actividad legalmente exige ese tipo específico.

Ya tiene una SRL constituida antes de 2019 y está conforme con ella. No hay obligación de convertir — la SRL sigue siendo válida y operativa. Pero para nuevas constituciones, la SAS suele ser la elección más eficiente, excepto en casos específicos de necesidad de control más rígido de admisión de nuevos socios (la SRL exige consentimiento unánime de los socios para transferir cuotas a terceros, lo que puede ser deseable en sociedades familiares cerradas).

El detalle que los inversores extranjeros suelen olvidar

Los accionistas no residentes de una SAS necesitan cuenta bancaria personal en Uruguay — tanto para integrar el capital suscripto como para recibir dividendos. Eso significa que la decisión de constituir la empresa y la decisión de abrir cuenta bancaria personal no pueden tratarse como etapas independientes: la segunda es, en la práctica, prerrequisito funcional de la primera para quien no reside en el país.

Otro punto de atención societaria: el plazo para la integración total del capital suscripto, en cualquiera de los tres tipos, no puede exceder 24 meses — y, en el caso de integración en dinero, se exige al menos un 10% en el acto constitutivo (100% si la integración es en especie).

Qué permanece igual entre los tres tipos

  • Responsabilidad limitada al aporte. En cualquiera de los tres — SA, SRL, SAS — el patrimonio personal de los socios o accionistas queda, por regla, protegido de las deudas de la sociedad, salvo desestimación de la personalidad jurídica por desvío de finalidad o confusión patrimonial, aplicable a las tres formas.
  • Tratamiento tributario. El régimen de IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas) y demás tributos aplicables a la actividad de la empresa no varían por el tipo societario elegido — la diferencia entre SA, SRL y SAS es estructural y de gobernanza, no tributaria.

Nota de responsabilidad. La elección ideal depende de la actividad específica, del número y perfil de los socios, y de eventuales exigencias regulatorias del sector. Este artículo describe el panorama general; confirmar qué tipo societario se ajusta mejor a su caso exige análisis con un profesional habilitado en Uruguay, considerando también aspectos contables y laborales específicos de la actividad.

Preguntas frecuentes

¿La SAS sustituye totalmente a la SRL en Uruguay?

En la práctica, para la mayoría de los casos nuevos, sí — la SRL perdió relevancia desde 2019, aunque sigue siendo un tipo societario válido y todavía útil en situaciones específicas de control rígido de admisión de socios.

¿Puedo convertir mi SRL antigua en SAS?

Sí, la legislación prevé un procedimiento de conversión de otros tipos societarios (incluso de empresa unipersonal) a SAS, con modelo de instrumento disponibilizado por la Dirección General de Registros.

¿Una SAS sirve para abrir cuenta bancaria empresarial rápidamente?

La constitución en sí suele ser ágil, pero la apertura de cuenta bancaria empresarial depende también del compliance del banco respecto de los socios — sobre todo no residentes —, siendo una etapa con su propio plazo, independiente de la velocidad de registro de la sociedad.

El punto de partida

La elección entre SA, SAS y SRL no es sobre cuál “suena más seria” — es sobre qué estructura atiende al objetivo real: agilidad y simplicidad (SAS, en la mayoría de los casos), control rígido entre pocos socios cerrados (SRL), o exigencia legal o reputacional específica (SA).

Si está evaluando abrir una empresa en Uruguay — para operar, facturar o montar una holding familiar —, vale la pena diseñar primero el objetivo y solo después elegir el tipo societario, no al revés.

Una conversación es suficiente para definir la estructura correcta para su caso.


Contenido informativo. No constituye asesoramiento jurídico, contable ni societario. Las normas citadas fueron verificadas en fuentes oficiales uruguayas en julio de 2026 y pueden ser modificadas por norma posterior. Cada situación individual debe analizarse caso por caso.

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